Nacional

Riesgos del periodismo en México: día mundial de la libertad de prensa y el respeto a derechos humanos

Por domingo 20 de abril de 2014 Sin Comentarios

El desafìo es hablar sin riesgo, por el ejercicio seguro de la libertad de expresión en todos los medios

Por José Manuel Cebreros Delgado*

Es importante decir que la vigencia de los derechos y libertades de los gobernados en un sistema democrático requiere un orden jurídico e institucional en el que las leyes prevalezcan sobre la voluntad de los gobernantes y los particulares, y en el que exista un efectivo control judicial de la constitucionalidad y legalidad de los actos del poder público ya que de esto depende la consolidación y desarrollo de la democracia que necesita de la existencia de libertad de expresión.

Haciendo énfasis en  que la libertad de expresión es un derecho fundamental reconocido en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Resolución 59(I) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Resolución 104 adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, La Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en por otros instrumentos internacionales y nacionales.

La libertad de prensa es esencial para la realización del pleno y efectivo ejercicio de la libertad de expresión e instrumento indispensable para el funcionamiento de la democracia representativa, mediante la cual los ciudadanos ejercen su derecho a recibir, difundir y buscar información.

Hay que señalar que la tasa de impunidad de los crímenes contra periodistas, trabajadores de los medios y productores de medios sociales sigue siendo muy alta.

Señalando que acuerdo a diversa información que existe el principal problema de los periodistas no es solamente su integridad física  ya que “hoy en día, la principal preocupación que tienen los periodistas es  conservar el puesto de trabajo (o buscarlo). Esta situación la están aprovechando las empresas editoras y los anunciantes para ejercer mayores presiones en los periodistas”.

Haciendo énfasis en el párrafo anterior señalamos que la Carta de la Organización de los Estados Americanos “Porotocolo de Buenos Aires”, en su artículo 45 fracción b. que señala que el trabajo es un derecho y un deber social, otorga dignidad a quien lo realiza y debe prestarse en condiciones que, incluyendo un régimen de salarios justos, aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia, tanto en sus años de trabajo como en su vejez, o cuando cualquier circunstancia lo prive de la posibilidad de trabajar.

Concluimos  señalando  que de acuerdo al Artículo 1 constitucional todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y  reparar las violaciones a los derechos humanos de las personas que hacen de la libertad de expresión una profesión y modo de vida, en los términos que  establezca la ley.

*Maestro en Estudios Parlamentarios, Académico de la UAS,
Presidente de la ALDEUAS y Consejero de la CEDHS

Artículos relacionados

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Impreso N° 203
Siguiente entrada