Nacional

20 de Diciembre Día Internacional de la Solidaridad Humana (Onu)

Por domingo 13 de enero de 2013 Sin Comentarios

Los derechos humanos se caracterizan por su universalidad: le pertenecen a toda la humanidad o su proclamación no es más que pura formalidad. De ahí que su esencia de la vida verdaderamente humana es la firmeza en el cultivo de la solidaridad

Por José Manuel Cebreros Delgado*

20-de-DiciembrePrecisaré que la dignidad de cada persona humana constituye la base del Estado de Derecho. La dignidad deriva del respeto debido a uno mismo y a los demás como seres humanos. Los derechos humanos constituyen la expresión jurídica de un proceso para proteger, respetar y garantizar una vida digna.

Todos los seres humanos tenemos el derecho a una vida digna esta vida digna se garantiza a través de las garantías jurídicas por ello las personas que viven en un estado deben evaluar continuamente la compatibilidad de toda legislación existente y propuestas para que estas cumplan con las obligaciones de los derechos humanos. Para alcanzar el estado de derecho, las sociedades deben promover la solidaridad con aquellos que por sus características étnicas, religiosas, políticas o de otro tipo, se encuentran especialmente en riesgo de sufrir la violación de sus derechos fundamentales.

Partiendo de los principios fundamentales de los derechos humanos La Organización de la Naciones Unidas (ONU) decidió proclamar el 20 de diciembre de cada año como Día Internacional de la Solidaridad Humana.

Esto como una reacción ante la injusticia y el sufrimiento en el que viven tantas personas y pueblos de nuestro mundo.

Señalaremos que la solidaridad se manifiesta en primer lugar en la distribución de bienes y la remuneración del trabajo. Supone también el esfuerzo en favor de un orden social más justo en el que las tensiones puedan ser mejor resueltas, y donde los conflictos encuentren más fácilmente su solución negociada.

Desde un punto de vista jurídico la solidaridad humana es la tercera generación de derechos humanos conocidos como derechos de solidaridad, entendida a partir de la justicia social, concretada en el ámbito dogmático esta tercera Generación de Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contempla cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.

Estos Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos son los siguientes: Derecho a la autodeterminación, Derecho a la independencia económica y política, Derecho a la identidad nacional y cultural, Derecho a la paz, Derecho a la coexistencia pacífica, Derecho al entendimiento y confianza, La cooperación internacional y regional, la justicia internacional, el uso de los avances de las ciencias y la tecnología, la solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos, el medio ambiente, el patrimonio común de la humanidad y el desarrollo que permita una vida digna.

Concluiré que somos parte de este mundo, y existe una necesidad desesperada de hacer algo ahora sobre las condiciones en que vive y muere la gente, y evitar el desastre social y ecológico del desarrollo que es contrario a la naturaleza.

Debemos de hacer conciencia en que la solidaridad es una conducta, que debemos de hacer nuestra ya que la solidaridad es una conducta moral que fundamenta la fraternidad y la intercomunicación sin discriminaciones y sin exclusiones a ningún ser humano. La solidaridad no es caridad, asistencialismo o conmiseración paternalista. Es un auténtico respeto por la especie humana y su entorno natural y social seamos solidarios.

*Maestro en estudios Parlamentarios, Académico de la
Universidad Autónoma de Sinaloa y
Consejero de la CEDHS

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